¿Hasta qué edad hay que pagar la pensión de alimentos?
Tanto el padre como la madre que tiene que pagar una pensión alimenticia o manutención para los alimentos de sus hijos en caso de separación o de divorcio, se preguntan a menudo hasta qué edad tienen que hacerlo. Ante esta duda, desde nuestro despacho de abogados en Cornellá de Llobregat te damos respuesta.
Extinción de la manutención
Generalmente se piensa que en el momento en que los hijos alcanzan la mayoría de edad ya no hay obligación de abonar la pensión de alimentos, pero en realidad no es así. Dicha obligación se extiende hasta el momento en que estos alcanzan “independencia económica”, aunque existen ciertas excepciones. De hecho, ha habido casos en que el propio tribunal de justicia ha acordado que el progenitor deje de abonar la pensión a hijos que no tenían trabajo por ser estos demasiado selectivos a la hora de buscar un empleo.
La pensión no se extingue de forma automática y tampoco la ley establece un límite de edad para ello. En el caso de que se desee solicitar la extinción no se puede hacer de manera unilateral. Es más, hay que emprender un procedimiento judicial al que hay que acudir con procurador y abogado. Los profesionales en derecho de familia interpondrán una demanda de extinción de pensión de alimentos o modificación de las medidas y el juez correspondiente será el que determine si la pensión finaliza, dependiendo de si se reúnen los requisitos para dejar de abonarla o no.