¿Qué es el delito de daños?

El delito de daños consiste en destruir u originar un menoscabo en algo ajeno, sin importar que sea un bien inmueble o mueble, y así se encuentra tipificado en el Código Penal. Con frecuencia las personas recurren a abogados en Cornellá para afrontar casos en los que esto ha sucedido para buscar una solución.

Tipos de delito de daños

El delito de daños hace referencia a la acción que realiza un individuo con la finalidad de deteriorar o destruir una propiedad ajena. Para determinar este delito solo se tienen en cuenta los daños materiales.

A la hora de hablar de los diferentes tipos de delito de daños existen dos grandes categorías en las que pueden clasificarse: delito doloso de daños y delito de daños por imprudencia.

Delito doloso de daños

Es la tipología más frecuente y por la que muchos acuden a nuestro despacho de abogados. En la mayoría de las ocasiones los casos se resuelven en los juzgados. Para que exista el autor debe haber actuado con dolo, es decir, con la voluntad de ocasionar el daño y siendo consciente de sus acciones.

Asimismo, se tiene en cuenta la gravedad de los daños ocasionados, pudiendo clasificarse en:

  • Delito leve: Sanción de 1 a 3 meses.
  • Delito básico de daños: Multa de entre 9 y 24 meses.
  • Delito agravado de daños: Penas de prisión de 1 a 3 años, y pago de multa de entre 12 y 24 meses.

Delito de daños por imprudencia

Además, puede haber un delito de daños por imprudencia, cuando tiene lugar sin conciencia ni voluntad por parte del autor. Esta se produce por aquella persona que comete una acción delictiva sin intención, pero sin haber tomado las precauciones pertinentes para evitarla. En este caso, será castigado con pena de multa de 3 a 9 meses.