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Preguntas Frecuentes

Preguntas frecuentes

Aquí encontrarás la respuesta a las preguntas que nos acostumbran a hacer nuestros clientes. Solo tienes que hacer clic en el área del derecho de la que quieres que te ayudemos a resolver tus dudas y accederás a una base de conocimiento según nuestra experiencia con casos resueltos anteriormente.

¿Qué diferencia existe entre los principales grados de incapacidad permanente?

La diferencia principal radica en el impacto que tus lesiones o enfermedades tienen sobre tu capacidad para trabajar:

  • Parcial
    Disminuye tu rendimiento en tu trabajo habitual, pero todavía la puedes hacer.

  • Total
    Te impide realizar tu profesión habitual, pero puedes dedicarte a otra diferente.

  • Absoluta
    Te inhabilita para cualquier tipo de profesión u oficio.

  • Gran Invalidez
    Además de sufrir una incapacidad absoluta, necesitas la ayuda de otra persona para los actos esenciales de la vida.

No es una pensión mensual, sino una indemnización a tanto alzado. Concretamente, consiste en un pago único equivalente a 24 mensualidades de la base reguladora que sirvió para calcular tu incapacidad temporal.

. De hecho, este es el objetivo de la prestación: compensarte por la pérdida de rendimiento en tu puesto de trabajo habitual, el cual puedes seguir ejerciendo. La relación laboral no se extingue.

. La incapacidad permanente total te inhabilita para tu profesión habitual, pero es compatible con la realización de otros trabajos, ya sean por cuenta ajena o propia, siempre que las funciones no coincidan con las que dieron lugar a la incapacidad.

Generalmente, la pensión es del 55% de la base reguladora. Esta cuantía puede aumentar hasta el 75% en el caso de la «total cualificada».

Para obtener el incremento de la pensión del 55% al 75% de la base reguladora, debes cumplir tres requisitos:

  • Tener reconocida una Incapacidad Permanente Total Calificada.
  • Tener 55 años o más.
  • Encontrarte en situación de desempleo o inactividad laboral, es decir, no estar trabajando en una actividad compatible.

Debes solicitarlo expresamente al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) una vez cumplas los 55 años, acreditando que no estás trabajando. No es un proceso automático.

, y es uno de los más importantes. La pensión por incapacidad permanente absoluta está totalmente exenta de tributar al IRPF. Esto significa que recibes el importe íntegro sin retenciones fiscales.

La regla general es que no, ya que inhabilita para toda profesión. No obstante, la jurisprudencia admite la compatibilidad con actividades muy marginales, esporádicas y que no supongan un verdadero medio de vida. Hay que ir con cuidado, ya que si el INSS considera que la actividad demuestra una capacidad de trabajo, podría iniciar un expediente de revisión del grado de incapacidad, tal y como prevé el Artículo 200 del Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

Es una cantidad adicional que se suma a la pensión del 100% de la incapacidad absoluta. Su finalidad es remunerar a la persona que te asiste en el día a día. El importe de este complemento no puede ser inferior al 45% de la pensión que recibes.

Debes acreditar mediante informes médicos que detallen tus limitaciones para llevar a cabo los «actos más esenciales de la vida», como vestirse, comer, desplazarse o la higiene personal, tal y como define el Art. 12 de la norma sobre Aplicación y desarrollo de las prestaciones por invalidez. Es fundamental que los informes médicos sean claros y contundentes sobre esta dependencia.

¿Qué tengo que hacer si he sido despedido?

Es fundamental actuar rápidamente, ya que los plazos legales son muy breves (20 días hábiles). Analizaremos la legalidad del despido, calcularemos la indemnización que os corresponde y os representaremos en la negociación con la empresa o, si es necesario, en la defensa ante los Juzgados de lo Social.

. Revisaremos vuestra documentación laboral (contratos, nóminas), calcularemos con precisión las cantidades debidas e iniciaremos las reclamaciones extrajudiciales o judiciales pertinentes para asegurar que recibid lo que os corresponde.

Una modificación sustancial (horario, salario, funciones) debe estar legalmente justificada. Os informaremos de vuestras opciones: aceptarla, impugnarla judicialmente o, en ciertos casos, extinguir el contrato con derecho a indemnización y desempleo.

No hubo que tolerar una situación de acoso. Estudiaremos vuestro caso de forma confidencial, os asesoraremos sobre vuestros derechos y emprenderemos las acciones necesarias, ya sea mediante requerimientos a la empresa o acciones judiciales por tutela de derechos fundamentales, buscando el cese del acoso y una indemnización.

Absolutamente. Revisamos vuestro contrato para asegurar que la modalidad es la adecuada, que no contiene cláusulas abusivas y que las condiciones se ajustan a la legalidad y al convenio colectivo aplicable, protegiendo vuestros intereses desde el inicio.

He sufrido un accidente de tráfico, ¿cómo reclamo la indemnización?

Os asistimos en todo el proceso: desde la recogida de pruebas e informes médicos, la valoración integral de los daños (personales y materiales), hasta la negociación con la compañía aseguradora o la defensa judicial para obtener la máxima indemnización justa.

Analizaremos detalladamente vuestra póliza y las circunstancias del siniestro. Presentaremos la reclamación formal a la compañía y, si mantienen su negativa, iniciaremos las acciones legales necesarias para asegurar que cumplan con sus obligaciones contractuales.

Sí. Estudiaremos la viabilidad de vuestro caso, recopilaremos los informes periciales necesarios para acreditar la mala praxis y os representaremos en la reclamación para obtener una indemnización justa por los daños y perjuicios sufridos.

Sí, si se puede demostrar la negligencia de la administración o de la entidad responsable del mantenimiento. Analizaremos la responsabilidad, valoraremos los daños sufridos y gestionaremos la reclamación para obtener la indemnización correspondiente.

El primer paso es identificar el origen del daño y el responsable (un vecino, la comunidad, el constructor, etc.). A partir de ahí, gestionaremos la reclamación para la reparación de los daños y la indemnización por los perjuicios causados, ya sea por vía amistosa o judicial.

¿Qué tengo que hacer si quiero iniciar un proceso de separación o divorcio?

Es crucial buscar asesoramiento legal desde el primer momento para entender las implicaciones legales y emocionales. Os guiaremos en la negociación de un convenio regulador o en el procedimiento contencioso, priorizando siempre el bienestar de los hijos y la protección de vuestros intereses.

Ayudamos a elaborar planes de parentalidad que definan la custodia (compartida o individual), el régimen de visitas y la pensión de alimentos, buscando siempre el acuerdo y la protección de los menores. También gestionamos la revisión de las medidas en caso de que las circunstancias cambien.

Os asesoramos en todo el proceso: desde la interpretación del testamento o la declaración de herederos si no hay, hasta la valoración de los bienes, el pago de impuestos y la partición final de la herencia, garantizando un proceso transparente y conforme a la legalidad.

Soy propietario/inquilino y tengo problemas con el contrato de alquiler, ¿qué puedo hacer?

Tanto si sois propietario como inquilino, os asesoramos en la redacción y revisión de contratos, reclamaciones de rentas impagadas, procesos de desahucio, recuperación de fianzas y cualquier otro conflicto derivado del alquiler, siempre defendiendo vuestros derechos.

Os ofrecemos seguridad jurídica durante todo el proceso. Verifiquemos el estado de cargas del inmueble, redactamos contratos de asado y compraventa, y os defendemos ante cualquier incumplimiento para asegurar una transacción segura y sin sorpresas.

. La Ley de Ordenación de la Edificación establece plazos de garantía. Os asistimos en la reclamación de reparaciones o indemnizaciones por vicios o defectos de construcción, dirigiéndonos a los responsables (constructor, promotor, arquitecto).

Gestionamos los procedimientos legales de desahucio por impago de rentas o por expiración del contrato, así como las acciones civiles para recuperar la posesión de inmuebles ocupados ilegalmente, actuando siempre con la máxima celeridad y rigor legal.

He sido detenido o citado a declarar, ¿qué tengo que hacer?

Es crucial contar con asistencia de un abogado desde el primer momento. Os acompañamos en todas las fases del proceso, desde la declaración en comisaría o en el juzgado hasta el juicio, garantizando la defensa de vuestros derechos y la presunción de inocencia.

Esta área trata delitos como estafas, blanqueo de capitales, delitos fiscales o societarios. Asesoramos y defendemos tanto a particulares como a empresas, ya sea como acusados o como acusación particular, dada la gran complejidad técnica de estos casos.

Conducir bajo los efectos del alcohol o drogas, sin permiso o con exceso de velocidad puede conllevar penas de prisión, multas y la retirada del carné. Nuestra defensa se centra en minimizar estas consecuencias y proteger vuestros derechos durante todo el procedimiento.