Las ventajas de un afiliado sindical ante un despido disciplinario

Una persona que trabaja por cuenta ajena y se encuentra afiliada a un sindicato, tiene los mismos derechos y protecciones que cualquier otro trabajador. Pero, además, hay una obligación empresarial si hubiera un despido disciplinario con la que se puede lograr que un despido de este tipo sea nulo o improcedente. Si quieres asesoramiento sobre este tema, como especialistas en derecho laboral en Cornellá estaremos encantados de atenderte.

El despido de un trabajador afiliado a un sindicato

Si el empresario tiene previsto despedir a un afiliado a un sindicato y le consta esta condición, tendrá que comunicar, con un mínimo de 24 horas, al delegado del mismo la posibilidad de un despido disciplinario. Si no se cumple este trámite, el despido se puede declarar improcedente sin perjuicio de que después pueda ser declarado nulo en el caso de existir otra serie de circunstancias como embarazo, reducción de jornada, etc. Por este motivo, lo mejor es que siempre la persona trabajadora comunique de forma fehaciente a la empresa su afiliación a un sindicato.

La improcedencia del despido va a obligar a la empresa a elegir, en un plazo máximo de cinco días desde la fecha de la sentencia, entre la readmisión del trabajador o el abono de la indemnización por despido improcedente. Por otro lado, en el caso de que se acreditara que el despido sea por motivo de su afiliación a un sindicato, el despido tendrá que ser declarado nulo.